Información de la Compañía

  • Nombre de la Compañía: Uno Digital Media B.V.
  • Dirección: Schottegatweg Oost 10 Unit 1-9 Bon Bini Business Center, Curazao
  • Correo Electrónico de Contacto: complaints@ninecasino.one
  • Fecha y Hora de Generación: 24.04.24 – 06:49:40 GMT -4
  • Sitio Web Registrado: ninecasino.one
  • Designación Alternativa: ninecasino.com

Detalles de la Licencia

Esta página de verificación confirma el estado actual de la licencia de la compañía y del sitio web nombrados como Proveedor de IP, operando bajo la referencia de licencia 1668/JAZ emitida por Curaçao eGaming. Crear o mantener enlaces a esta página sin el consentimiento previo por escrito está prohibido. Verifica la autenticidad asegurándote de que la URL comience con verification.curacao-egaming.com o verificando el registro de licenciatarios directamente en curacao-egaming.com.

Información Importante de la Licencia

“Curaçao eGaming” o “CEG” es una marca registrada de Cyberluck Curaçao N.V. (“Cyberluck”), incorporada el 15 de marzo de 1996 en Curazao. Licenciada por el Gobierno de Curazao desde el 1 de octubre de 1996, bajo la licencia 1668/JAZ, Cyberluck está autorizada para ofrecer juegos de azar y otorgar derechos de sublicencia a operadores de IP terceros. El Certificado de Licencia Pública “A” enumera la información de cumplimiento para un solo dominio y sus Designaciones Alternativas, válido para exhibición pública y seguridad del jugador únicamente.

Procedimiento de Manejo de Quejas

Los jugadores deben contactar a CEG solo si sospechan una violación de licencia por parte de un Operador. Las disputas iniciales sobre pagos, problemas de cuenta u otros problemas operativos deben abordarse directamente con el Operador. Los problemas no resueltos pueden ser escalados a Curaçao eGaming a través del enlace proporcionado.

Solicitud de Autoexclusión

Al optar por la Autoexclusión, los jugadores aceptan los términos adicionales establecidos a continuación. Esta opción es un servicio intermediario proporcionado por CEG, donde el usuario final activa una cesación de servicio obligatoria de seis meses por parte del Operador. El proceso requiere la verificación de identidad del Usuario Final por parte de CEG antes de que se otorgue al Operador un período de gracia de siete días para hacer cumplir la Autoexclusión. Están disponibles métodos alternativos de autoexclusión, aunque CEG no se responsabiliza por los usuarios que decidan no seguir el proceso intermediario prescrito.

Para más consultas o para escalar una queja, utiliza el correo electrónico de contacto proporcionado arriba.